En Ars Magica, la Orden de Hermes es la organización de magos más poderosa de la Europa Mítica. La forman más de 1200 magos y doce Casas que se extienden a lo largo y ancho del continente, con trece Tribunales o divisiones geográficas, cada uno con su propia idiosincrasia y personalidad. En cada Tribunal hay covenants de todos los colores, incluidos no pocos que están situados en emplazamientos inusuales o remotos, lo que complica su comunicación con el mundo exterior.
Como lectores del juego, nos gusta creer que la Orden de Hermes toma decisiones a nivel institucional que afectan a toda la organización. Que las implementa de alguna manera, y que hay algún órgano, algún concilio interior, que toma esas decisiones para marcar un rumbo para la Orden, y luego esas decisiones se transmiten con claridad y rapidez (¿tal vez a través de los Gorras Rojas?) a todos y cada uno de los magos y covenants del continente.
Sin embargo, esta estructura no aparece descrita más que vagamente en las reglas del juego o en sus suplementos. Y de hecho, creo que este planteamiento tan ideal no siempre debe ser cierto. Obviamente cada narrador tomará su decisión para sus sagas, pero en mi caso, yo soy de la opinión de que «la Orden de Hermes» como grupo con una organización y un propósito concretos… no existe. Y no solo porque me parece complicado que ese planteamiento sea factible dentro del paradigma medieval, aun con los Gorras Rojas y el acceso a magia que minimiza el tiempo invertido en viajes, que también. No, también lo digo porque hablamos de una organización en la que casi cualquier mago tiene muchas otras lealtades que pueden llegar a ser más importantes que la “Orden” como tal: lealtad a la Casa, al Tribunal, al propio covenant, al gremio (si se juega en el Rin)… Y cada uno de esos elementos tiene a su vez sus propias prioridades.
Tomemos el que se considera el principal órgano que marca los destinos de la Orden: el Gran Tribunal. Una reunión que se celebra cada 33 años, y a la que asisten los Primi de las doce Casas y tres representantes de cada Tribunal. Es decir, unos 50 magos que deben tomar decisiones que afectan a toda la Orden, arbitrar conflictos entre diferentes Tribunales, etc. Sin embargo, por su propia definición, es probable que incluso esta reunión tenga un importante elemento anárquico: aun con la longevidad de un mago hermético, ¿cuántos Primi pueden asistir a más de uno, o más de dos de estos Tribunales? ¿Qué garantía hay de que alguno de los tres representantes de cada Tribunal repetirá, o será incluso de la misma Casa, de un Gran Tribunal a otro, cuando la batalla política por obtener una invitación se adivina feroz? ¿Es posible mantener una política coherente con esta situación?
Es cierto que en ocasiones especiales, los Grandes Tribunales sí que tienen sentido y efecto. Por lo general, cuando la situación es crítica y se hace necesaria una respuesta inmediata, como es el caso del Gran Tribunal de emergencia convocado durante la Guerra del Cisma. Pero en una situación de normalidad, creo que un Gran Tribunal tiene una capacidad limitada para trazar un rumbo para la Orden de Hermes más allá de unos grandes trazos. Lo que se decida en un Gran Tribunal podría no tener sentido cuando se celebre el siguiente, por el mero hecho de que sus asistentes (y sus ideologías) podrían ser radicalmente diferentes. ¡Si incluso entre los Primi hay diferencias ideológicas radicales e irreconciliables! Esos 33 años que separan las reuniones son un arma de doble filo: ofrecen el tiempo necesario para instaurar las decisiones en toda Europa, pero también hacen que mantener una coherencia a largo plazo sea como mínimo complicado.
Por lo tanto, en tiempos de paz, creo que la Orden de Hermes no tiene una “política colectiva”, más allá de las modificaciones dentro del Código Periférico. Creo que quienes realmente guían los designios son los Tribunales locales, que se reúnen cada siete años (un periodo mucho más manejable dada la longevidad de los magos), y que tienen más autonomía para tomar las decisiones que se consideren adecuadas. Tribunales a los que asisten todos los miembros, lo que garantiza una mayor coherencia a largo plazo. Eso también provoca mayores diferencias entre Tribunales: no se parece en nada Hibernia a Transilvania, y así es como debe ser, porque cada uno tiene su propia historia, su propio carácter y su propia política interna, con Casas o facciones con más o menos poder interno según el caso. Es más, en los Tribunales con domus magnae en sus territorios se mantendrá una cierta de coherencia y unidad con lo que se transmite desde los Grandes Tribunales, pero en los que no tienen «autoridades» tan claras, en Novgorod, en el Levante o en Loch Leglean, por ejemplo… la autonomía y la distancia respecto a los «centros de poder» puede hacer que las prioridades y objetivos de los magos sean muy diferentes. Y es que incluso habrá magos que se hayan unido a la Orden simplemente para que no les maten, y la política en general les importará un pimiento.
Por eso me gusta creer que en 1220, la Orden de Hermes es una organización que se mantiene en piloto automático en lo que a objetivos comunes se refiere. No digo que sea un desorden caótico, sino más bien que no existe un poder centralizado, sino un cierto… federalismo, por así llamarlo, que funciona bien. Ciertamente los Primi tendrán su capacidad de influencia, sobre todo a través de puntuales reuniones privadas, diría, más que en los Grandes Tribunales. (Lo que abre todo un interesante abanico de posibilidades, por cierto: ¿tal vez ese círculo interno sí que existe, y lo forman los Primi de Bonisagus, Tremere, Guernicus y Mercere, tramando a espaldas de los demás?). Pero me cuesta creer que salvo casos concretos, pueda más eso que una política coherente y constante dentro de un Tribunal.
Todo ello, creo, ofrece una mayor riqueza y variedad al juego y una mayor libertad al narrador y a los jugadores, que según el Tribunal que elijan, podrán hacer cosas radicalmente diferentes. También, por cierto, convierte en auténticos retos los proyectos faraónicos y comunitarios como los que se presentan en el suplemento Transforming Mythic Europe: ¿son capaces los magos herméticos de trabajar en conjunto en pos de un objetivo común, idealista y beneficioso para todos, o están demasiado divididos por la distancia y la ideología? ¿Sirven en este caso los Grandes Tribunales como «cerebros centrales» que organicen la Orden en proyectos a largo (o larguísimo) plazo?
Es posible que según las características de una saga, este tema sea algo secundario, o intrascendente. Pero en sagas de otro tipo podría resultar determinante. ¿Cuán centralizada está la Orden en vuestras sagas? ¿Hay quien corta el bacalao, o cada uno hace la guerra por su cuenta?
MarioJPC
7 septiembre, 2015 at 7:12 pm
Muy interesante reflexión, estoy de acuerdo; al final la Alianza, la Casa y el Tribunal son la unidad de política real de un magus, con Cultos, linajes o asociaciones menos serias justo detrás. Y luego no es para nada igual tampoco ser Tremere que Tytallus.
Buen artículo.
Teotimus
7 septiembre, 2015 at 8:58 pm
¡Gracias!
Y sí, ciertamente las lealtades a la Casa pesan mucho, y en algunos casos coincidirán con las lealtades «a la Orden» (como es el caso de Tremere, Guernicus y similares).
Se me acaba de ocurrir una posible idea de aventura a alto nivel con un Tytalus «colándose» en un Gran Tribunal para sembrar la discordia… 🙂
EbaN de Pedralbes
7 septiembre, 2015 at 7:54 pm
Yo siempre pensé que eran los quasitores (guernicus) los que se encargaban de esas cosas que se deciden dentro de la orden de hermes. Por ejemplo, si el gran tribunal ha dictado una sentencia más grave para aquellos magi que comercien magía con los mundanos deben ser ellos los que lo investiguen. En un tribunal de provincias podrían «olvidar» anunciarlo durante el tribunal de cada 7 años pero tarde o temprano algún quasitor debería recordarles esto, de cara al siguiente tribunal supongo.
No sé, yo es que no me he leído más suplementos de lo que hay publicado en castellano xD
Teotimus
7 septiembre, 2015 at 9:02 pm
Sí, a nivel legislativo coincido en que son los Mercere y los Guernicus los que transmiten/mantienen (respectivamente) las leyes, de forma mucho más inmediata y real. Pero teniendo en cuenta que el Código Hermético es sacrosanto y las únicas novedades en el Código Periférico se producen en Tribunales específicos, para luego aplicarse a la Orden en general, en el fondo esto refuerza un poco la teoría de que pesan más los propios Tribunales separados que un Gran Tribunal centralizado y con «grandes autoridades».
No sé, así es como lo veo yo. Por otro lado, en sagas con un fuerte contenido político realmente me creo que pueda existir un «consejo interno» formado por los miembros más preeminentes de las Casas Latinas que intenten «manejar» desde las sombras algunos Tribunales concretos…
jordimorera74
7 septiembre, 2015 at 9:55 pm
¡Salve sodales! Teotimus, felicidades por este genial blog dedicado a uno de mis juegos favoritos de toda la vida.
Por mi parte coincido bastante con tu reflexión sobre la organización política de la Orden… En la saga que estoy dirigiendo via foro, se mantiene unida más que nada por inercia. Las decisiones importantes que afectan al conjunto dependen de los Grandes Tribunales, pero prácticamente todo lo demás depende de los Tribunales regionales y de los precedentes que se van sentando en ellos.
Nada de esto se ha visto aún en la saga, ya que está en sus principios y todos los jugadores se inician con ella en Ars Magica. Para sí que decidí crear un híbrido con la ambientación tomada de la tercera edición pero obviamente usando todas las reglas y suplementos de la quinta. Los magos pjs son recién llegados a Mistridge en 1197, y aún les queda por sufrir toda la Cruzada Albiguense, así que de ellos depende que el final de Mistridge que aparece en Faith & Flame se cumpla o no. ¡Al ritmo que va la cosa, aún tengo tiempo de sobra para decidir el funcionamiento interno de la Orden!
Teotimus
7 septiembre, 2015 at 10:18 pm
¡Muchas gracias por los halagos! Me alegra ver que la opinión generalizada tiende al «federalismo por inercia»… Me parece la opción que da más libertad a narradores y jugadores.
Por cierto, esa saga por foro tiene pintaza… ¿La tenéis en algún sitio en abierto que se pueda leer, aunque sea como lurker?
jordimorera74
8 septiembre, 2015 at 1:25 am
Sobre el «federalismo por inercia», yo por lo menos es la impresión que me llevo leyendo los suplementos… de que aquello es un «cada loco con su tema», unidos solo para lo realmente importante.
La saga la estamos jugando en Myth-Weavers, pero ahora no recuerdo si cree la partida como abierta o privada. Lo comprobaré, y en caso de estar como privada y si le parece bien a mis jugadores, intentaré cambiarla a pública.
Llevamos dos años con ella y el ritmo ha sido lentito pero constante, aunque ahora mismo con el veranito de por medio la frecuencia de posteo ha bajado bastante y nos está costando arrancar de nuevo… pero no me quejo ni de coña, ya que no imaginaba que duraría tanto! 🙂
Carlos de la Cruz
8 septiembre, 2015 at 3:05 pm
Cuando jugué mi propia saga ambientada en el Tribunal de Iberia, poco después de la Guerra del Cisma, escribí toooodas las Alianzas del Tribunal con tooooodos sus Magos, incluyendo edad, Casa, Sociedad Mistérica, etc. Salieron cosas muy curiosas, como por ejemplo:
– Había kilómetros y kilómetros entre una Alianza y otra; si de verdad no querían interactuar entre ellas, era más que sencillo ignorarse.
– A pesar de haber muchos Magos, al final resulta que había Casas en las que no había más de 2 o 3, y otras un poco más grandes. Era difícil crear una «política hermética» cuando realmente hay tan poca gente, y con tantos intereses (a la Alianza, a la Casa, a la Sociedad Mistérica, a los paters, etc.).
Aún así, cada siete años tuvimos la reunión del Tribunal y vaya, sí que se decidían cosas, se intercambiaban objetos mágicos y libros y se hacían juicios y cambios en el Código Periférico… pero la influencia sobre las vidas de los Magos, si se quería, podía llegar a ser muy pequeña, más allá de multas o juicios por fuentes de vis. Se pasaban siete años sin interferencias, por así decirlo.
¿El Gran Tribunal? Pues, con una reunión cada 33 años… era una cosa que tampoco tenía mucha influencia en nuestros días ;).
De todas formas, se podía haber planteado de otro modo, haciendo que los Bonisagus, Guernicos, Mercere y Flambeau (por ejemplo) actuaran de un modo mucho más agresivo haciendo cumplir las reglas, visitando las Alianzas de forma activa, llevando mensajes de una a otra, etc. Pero para ello me temo que se necesita una Orden de Hermes mucho más «organizada», con cuerpos gubernamentales, jurídicos y logísticos más desarrollados.
Tal y como se habla de la Orden de Hermes en los libros… cada Alianza y cada Magus es un mundo ;).
Teotimus
8 septiembre, 2015 at 3:28 pm
Totalmente de acuerdo. Tal vez la mayor ilusión sea hablar de «La Orden de Hermes» como algo más que un grupo de magos sin nada más en común que… el no estar fuera de ella.
Lo de que generaras todos los covenants de Iberia me parece digno de alabanza (yo me he currado los del Rin, pero tirando de la información que hay en Guardians of the Forests, y aun así me ha llevado lo suyo). También me lleva a preguntar cómo planteaste Duresca y sus pergaminos… 😉
jordimorera74
12 septiembre, 2015 at 12:33 am
Eso, eso… ¡queremos saber! 🙂